Los recientes nombramientos del régimen interino para una supuesta reconfiguración reproducen la misma estructura responsable del deterioro institucional y social del país. El nombramiento como Ministro del Trabajo de un magistrado chavista connivente con el proceso de “desalarización” o bonificación del salario no da esperanza a los trabajadores venezolanos.
Mismo musiú con diferente cachimbo
A partir de los hechos ocurridos del 03 de enero en Venezuela se ha planteado el inicio de una transición política (hacia la democracia) bajo el tutelaje de la administración de Donald Trupm, por ahora encabezado en Venezuela por Delcy Rodríguez, que ha seguido instrucciones para crear y modificar leyes, liberar -de a cuentagotas- presos políticos, y hacer cambios en la estructura de gobierno. No obstante, los recientes nombramientos dentro de la organización del poder público sugieren más bien una reconfiguración interna del chavismo, antes que un verdadero proceso de apertura democrática o de transformación institucional.
Actores internacionales han advertido esta situación, entre ellos el Grupo IDEA, conformado por 30 exjefes de Estado y de Gobierno de Iberoamérica, quienes han señalado que estas actuaciones podrían responder a una estrategia orientada a ganar tiempo y evitar un cambio político real, así como el restablecimiento de la democracia en el país.
Los cambios anunciados no parecen implicar una ruptura con las prácticas previas, sino la persistencia de un modelo político caracterizado por la concentración de poder y la ausencia de garantías efectivas en materia de derechos humanos.
Los nombramientos del régimen interino de Rodríguez ponen en entredicho la idea de una auténtica transición política en Venezuela. Particularmente relevante resulta la designación del nuevo Ministro de la Defensa, Gustavo González López, un funcionario que ha sido sancionado por los gobiernos de los Estados Unidos, la Unión Europea y Canadá, al ser señalado por su participación en violaciones graves de derechos humanos, incluyendo hechos que han sido calificados como crímenes de lesa humanidad. González López, fue director del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) de 2014 a 2018 y de 2019 a 2024, organismo policial perpetrador de desapariciones forzosas, torturas y ejecuciones extrajudiciales, como la del concejal Fernando Albán, quien fue lanzado desde el piso 10 de la sede del organismo en Plaza Venezuela, Caracas, el 8 de octubre de 2018.
Respecto a esta designación, organizaciones como Justicia, Encuentro y Perdón (JEPvzla) y PROVEA han manifestado su preocupación, advirtiendo que resulta alarmante que la titularidad del Ministerio de la Defensa recaiga en una persona sobre la cual existen señalamientos documentados por instancias internacionales, como la Misión de Determinación de Hechos de las Naciones Unidas. Según esta organización, las acusaciones hacia González López incluyen detenciones arbitrarias, torturas y actos de violencia sexual. Su nuevo cargo envía un mensaje de consolidación de una estructura de poder vinculada a la persecución política.
A estas alertas se suman las de Laboratorio de Paz, otra organización venezolana y además centro de investigación, quienes han resaltado que la designación de González López constituye un obstáculo para cualquier proceso de transición democrática. Asimismo, el senador estadounidense Rick Scott señaló que, si bien la salida de Vladimir Padrino López podría interpretarse como un movimiento positivo, la designación de Gustavo González López en su lugar no representa un avance sustantivo, sino la sustitución de una figura clave del régimen por otra igualmente asociada a prácticas cuestionadas.
Por otro lado, se destaca la postulación, ya retirada de Ernesto Villegas al cargo de Defensor del Pueblo, quien ha “renunciado” a su militancia en el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), en un aparente intento de cumplir con los requisitos de independencia del cargo. Sin embargo, esta desvinculación meramente “formal” difícilmente compensa una trayectoria de continuada participación en el aparato político y comunicacional del chavismo, lo que compromete la credibilidad de su eventual desempeño en una institución llamada, precisamente, a controlar los abusos del poder. Además, se consolidaría la reiterada y fraudulenta práctica de burlar la Constitución y las leyes al pretender que la “renuncia” a la militancia política permite cumplir con las exigencias de “honorabilidad, ética y moral”, que difícilmente alcancen los dirigentes chavistas.
En conjunto, estas designaciones no permiten advertir avances significativos hacia el restablecimiento del Estado de derecho ni hacia una mejora en la protección de los derechos fundamentales.
Sin cambios ni mejoras de las condiciones de los trabajadores: cero salarios, cero prestaciones sociales, cero seguridad social.
En el mismo grupo de anuncios de Rodríguez del pasado 18 de marzo, se incluyó la designación de Carlos Alexis Castillo como ministro del trabajo. Castillo, hasta su designación cumplía funciones como magistrado y vicepresidente de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), por lo que el nombramiento tampoco constituye un indicio de reforma, sino más bien, el arraigo del infame modelo laboral vigente.
Si bien existen otros censurados antecedentes de magistrados que han asumido funciones dentro del ámbito político, estas prácticas han sido objeto de fundadas críticas por su impacto en la separación de poderes. La norma del artículo 60 de la Ley Orgánica del TSJ dispone que los magistrados solo pueden separarse temporalmente de sus funciones mediante licencias otorgadas por causas específicas, como enfermedad o el cumplimiento de misiones compatibles con el cargo, supuestos que no comprenden el ejercicio de funciones ministeriales, pues no se puede ser al mismo tiempo juez y parte.
Asimismo, el artículo 256 de la Constitución prohíbe expresamente a los magistrados desempeñar otras funciones públicas, salvo actividades de carácter académico, como garantía de su independencia. Por tanto, dicha disposición exige la ausencia de activismo político, lo que resulta difícilmente conciliable con la integración en el gabinete ministerial de un gobierno, por tratarse de una función eminentemente política, que además contradice el principio y deber de independencia de los jueces.
En consecuencia, la ilegal designación de Castillo como nuevo ministro del trabajo, manteniendo en suspenso su posición como magistrado, no puede ser interpretada como un buen augurio para los trabajadores venezolanos. Por el contrario, antecedentes sugieren la consolidación de un modelo que ha normalizado la desprotección laboral y la pérdida de garantías sociales.
El aumento del poder adquisitivo sigue siendo una tarea pendiente, mientras que el salario mínimo mensual permanece desde el 2022 en 130 bolívares, lo que equivale hoy a 0,29 centavos de dólar, al tipo de cambio oficial. Una cifra simbólica que no alcanza para cubrir un pasaje de transporte público y que ubica el salario mínimo venezolano en uno de los más bajos del mundo.
Como una forma de “remediar” la crisis salarial el régimen de Maduro durante los últimos años recurrió a mecanismos de compensación a través de bonos y asignaciones de carácter no salarial que, lejos de resolver la pérdida del poder adquisitivo, han profundizado la precarización laboral. En la práctica, estos pagos no forman parte de la base de cálculo de derechos fundamentales, lo que implica que los trabajadores perciben ingresos que no generan prestaciones sociales, vacaciones, utilidades, ni pensiones efectivas.
Esto no solo reduce el ingreso real del trabajador, sino que resulta incompatible con el mandato constitucional que exige un salario suficiente para garantizar una vida digna y cubrir las necesidades básicas del trabajador y su familia, así como su ajuste periódico en función del costo de la canasta básica. En consecuencia, la relación laboral se desnaturaliza y el trabajador recibe ingresos inmediatos, pero pierde protección a largo plazo.
Así, uno de los rasgos más significativos del actual sistema laboral venezolano, es el proceso de des-salarización o bonificación que se ha consolidado progresivamente en la última década. Que puede entenderse como la sustitución progresiva del salario por mecanismos de remuneración no salariales, como bonos, ayudas y asignaciones que, aunque constituyen ingresos regulares para el trabajador, no son reconocidos jurídicamente como salario. Esta dinámica, impulsada especialmente desde 2017 con el aumento del “cestaticket” y la creación de diversos pagos complementarios, ha desplazado el salario como eje central de la relación laboral, reduciéndolo a una porción insignificante del ingreso total.
Este proceso perverso ha sido además respaldado por la jurisprudencia reciente de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. En la sentencia Nro. 218 del 26 de junio de 2025, con ponencia de Carlos Alexis Castillo -ahora ministro- se calificó el “Bono contra la Guerra Económica” como un complemento no salarial, criterio que se reiteró en decisiones posteriores sobre ayudas de traslado y beneficios alimentarios. También se ha negado el carácter salarial a otras remuneraciones pagadas en dólares. Esta línea jurisprudencial consolida la exclusión de diversos (casi todos) ingresos de la noción de salario, con efectos directos y predatorios sobre los derechos laborales.
Castillo, como magistrado, tenía el deber de corregir el entuerto y dictar una clara interpretación de la ley en favor de los trabajadores, con lo cual, también hubiera podido forzar mecanismos de corrección por parte del gobierno y de los empleadores. Empero, por el contrario, fue connivente y celestina con las formas de “bonificación” salarial, manteniendo el salario en cero, y con ello, cero beneficios y cero seguridad social. Ahora, como miembro del “gobierno” de Rodríguez y directamente bajo sus órdenes, es iluso pensar que actuará para favorecer a los trabajadores.
En definitiva, los cambios recientes dentro del régimen interino venezolano no permiten identificar señales claras de transición hacia un modelo democrático ni de fortalecimiento del Estado de derecho. Por el contrario, las designaciones analizadas, incluyendo las del ministro de la defensa y el ministro del trabajo, apuntan a la continuidad de una estructura de poder que ha sido ampliamente cuestionada por su desempeño en materia de derechos humanos y por su nefasto impacto en las condiciones de vida de la población.