Aplicación de Ley de Amnistía: rectificación sumergida en nuevas violaciones

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Familiares de detenidos que, según dicen, se encuentran retenidos por motivos políticos esperan afuera de El Helicoide, sede del servicio de inteligencia de Venezuela y centro de detención, luego que la Asamblea Nacional aprobara un proyecto de ley de amnistía, el jueves 19 de febrero de 2026, en Caracas. (Foto: AP/Cristian Hernandez)
Familiares de detenidos que, según dicen, se encuentran retenidos por motivos políticos esperan afuera de El Helicoide, sede del servicio de inteligencia de Venezuela y centro de detención, luego que la Asamblea Nacional aprobara un proyecto de ley de amnistía, el jueves 19 de febrero de 2026, en Caracas. (Foto: AP/Cristian Hernandez)

La Ley de Amnistía fue presentada como el primer gesto concreto de rectificación en el ejercicio del poder punitivo en Venezuela. Pero desde el primer día, el modo en que se está aplicando revela que las mismas lógicas que motivaron su necesidad siguen intactas.

 Se impone que las solicitudes de amnistía pasen primero por una comisión parlamentaria —integrada exclusivamente por diputados, sin participación de la sociedad civil—, la cual otorga una validación previa antes de que los tribunales puedan conocer del sobreseimiento. Ese filtro político previo viola de manera frontal principios elementales del debido proceso: desconoce el principio del juez natural —según el cual es el órgano jurisdiccional competente, y no una instancia política, quien debe conocer y decidir sobre la situación jurídica de una persona— y suprime en la práctica el principio de doble instancia, al condicionar el acceso a la vía judicial a una validación previa que no admite revisión autónoma. La magnitud de esa violación se evidencia en que los amparos constitucionales interpuestos contra las decisiones de inadmisión de la comisión parlamentaria no están siendo admitidos, lo que deja a los afectados sin ningún mecanismo efectivo de tutela judicial frente a una decisión de naturaleza política.

Solicitudes recibidas
12.557
Solicitudes declaradas “válidas” por la Comisión Parlamentaria
9.726
Sobreseimientos otorgados (excarcelaciones)
253
Sobreseimientos otorgados (cese de medidas sustitutivas)

*Datos informados por Jorge Rodríguez el 17 de marzo de 2026.[1]

A eso se suma lo que ocurre dentro del propio sistema judicial. Varios tribunales se han negado a entregar a los familiares las copias de las decisiones en las que rechazan solicitudes de amnistía. Sin esa copia, no es posible interponer recurso de apelación: el derecho a la defensa queda suspendido, sin posibilidad de ejercerse.[2]

Una ley que se presenta como rectificación no puede aplicarse con los mismos mecanismos que generaron la necesidad de rectificar. Esa contradicción no es un detalle procedimental: es la prueba de que la voluntad de cambio, si existe, todavía no ha llegado a las instituciones que deben ejecutarlo.

[1] En la reunión de la Comisión de Seguimiento de la Ley de Amnistía celebrada con el expresidente del gobierno español José Luis Rodríguez Zapatero el 17 de marzo de 2026, Jorge Rodríguez informó que se habían recibido 12.557 solicitudes, de las cuales 9.726 fueron validadas, 1.460 excluidas y 7.727 beneficiadas con libertad plena. El Nacional, 17 de marzo de 2026. Disponible en: https://www.elnacional.com/2026/03/el-parlamento-reporta-7-727-libertades-plenas-otorgadas-por-la-amnistia-en-venezuela/

[2] Foro Penal, declaraciones de Gonzalo Himiob, vicepresidente de la organización, 25 de marzo de 2026. Disponible en: https://lapatilla.com/2026/03/25/nueva-traba-judicial-tribunales-no-entregan-los-documentos-clave-para-apelar-la-negacion-de-amnistia/

 

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