Hay una institución en Venezuela que según la Constitución tiene el deber de alzar la voz cuando el Estado falla, de exigir que el agua llegue y la luz no se vaya, de pararse frente al poder en nombre de quien no puede hacerlo solo: se llama Defensoría del Pueblo, existe desde 1999 y durante más de dos décadas eligió, sistemáticamente, el silencio.
No es una afirmación menor, es lo que documentaron la Misión de Naciones Unidas, organizaciones venezolanas de derechos humanos y la propia Alianza Global de Instituciones Nacionales, que en 2025 le retiró la acreditación internacional a la Defensoría venezolana por operar de una manera que, en sus propias palabras, compromete gravemente su independencia. Al menos 27 denuncias de víctimas de tortura y desaparición forzada fueron rechazadas en sus oficinas antes de ser siquiera registradas. Familias que volvieron durante más de un año recibieron siempre la misma respuesta: el silencio. Y lo que hace ese silencio especialmente difícil de explicar es que la Defensoría preside la Comisión Nacional contra la Tortura. La institución encargada de investigar la tortura se cerraba ante quienes iban a denunciarla.
Todo eso ocurría mientras los venezolanos aprendían a vivir sin agua corriente varios días a la semana, mientras los hospitales atendían con lo que había o no atendían, mientras el gas doméstico se convirtió en un lujo y cocinar con leña dejó de ser una metáfora. La Constitución le da a la Defensoría mandato expreso para intervenir cuando los servicios públicos fallan. No hay registro de que lo hiciera de manera sostenida e independiente en ninguno de esos frentes.
El caso de Tarek William Saab lo resume todo sin necesidad de mayor explicación. Fue Defensor del Pueblo entre 2014 y 2017, período en el que los organismos internacionales degradaron a la institución por falta de independencia. Luego fue Fiscal General durante casi una década, cargo desde el que instrumentalizó la acción penal para la persecución política y garantizando las cuotas de quienes el Foro Penal denomina Presos del Poder (PDP): personas encarceladas no por razones de derecho sino por decisión de alguien con influencia suficiente para activar el aparato judicial en su contra. Lo curioso es que desde la Fiscalía pretendió jugar al rol de Defensor del Pueblo: presencia, visibilidad, jornadas de atención ciudadana, atención a mujeres, a niños, a las mascotas, talleres de poesía. Imitó llevar a cabo acciones de la Defensoría del Pueblo, sustituyendo las acciones concretas que el cargo exige constitucionalmente, por gestos simbólicos que construían imagen sin tocar el poder. El 25 de febrero de 2026 renunció como fiscal y minutos después la Asamblea Nacional lo designó Defensor del Pueblo encargado, de vuelta al punto de partida, la finalidad: protegerlo con la inmunidad constitucional del cargo. Esta designación fue llamada por Human Rights Watch “una bofetada a las víctimas”. Lamentablemente para los venezolanos, la razón por la que misma persona puede recorrer ese trayecto sin solución de continuidad es porque en la práctica los dos roles sirven al mismo propósito.
Los servicios públicos, al igual que las cárceles, entretanto siguieron colapsando bajo su propio peso, con personas en situaciones precarias, sin electricidad por largas horas, sin agua potable, sin atención médica. Los encarcelados sometidos a simulacros de audiencia virtual que no garantizan defensa y mucho menos debido proceso, más del 70% son presos sin condena, es decir, son inocentes ante la ley mientras esperan un juicio que no llega y de llegar le pedirá admitir los hechos porque realmente no hay elementos de convicción para debatir en un juicio.
La Defensoría no intentó una sola acción colectiva o difusa ante los tribunales, que es precisamente una de las herramientas que la Constitución le otorga para intervenir cuando el Estado viola derechos de manera generalizada, no interpeló al Poder Judicial por la falta de debido proceso, no pidió investigaciones por violación de derechos humanos. Tampoco reclamó indicadores de gestión a ninguna institución, y tampoco los ofreció ella misma sobre su propia gestión. La Defensoría del Pueblo no forma parte del Poder Judicial: la Constitución la ubica en el Poder Ciudadano precisamente para que pueda vigilar el cumplimiento de los derechos desde afuera, sin estar atada a las jerarquías ni a la lógica interna del sistema de justicia. Esa posición, ejercida de acuerdo al mandato constitucional, es una ventaja extraordinaria: le permite ver lo que los funcionarios del sistema penal, no pueden cuestionar y exigir lo que no se exigirán a sí mismos. Por el contrario, esa distancia se convirtió en comodidad, en una institución que observa sin intervenir, que existe sin actuar. La Defensoría del Pueblo venezolana no fue encarcelada por el sistema de justicia. Fue algo más difícil de explicar y más difícil de remediar: es cómplice por omisión desde un lugar que fue diseñado constitucionalmente, precisamente, para que eso no ocurriera jamás.
Ahora hay un nuevo proceso de designación en curso y con él, en teoría, una oportunidad. El problema es que el proceso replica los mismos vicios: el comité que evalúa candidatos está integrado exclusivamente por legisladores, la sociedad civil fue excluida, no se publicó el reglamento ni los criterios de evaluación. Once organizaciones de derechos humanos lo denunciaron públicamente en marzo de 2026. La señal que ese proceso emite es de continuidad. No estamos en transición.
La pregunta del título es medular. Es la que cualquier venezolano tiene derecho a hacerse después de más de veinticinco años de una institución que existe sin cumplir su razón de ser. Y la respuesta, incómoda pero sostenida por los hechos es: que sirve para mantener el poder y pretender legitimarlo.