¡Los magistrados del horror!

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Por: Equipo de investigación jurídica de Conciencia es Dignidad.

Mientras el país espera, con justificada expectativa, la selección y designación de nuevos magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) por parte de la mesa de negociaciones gobierno interino-Asamblea Nacional 2015, como preámbulo para la realización de elecciones libres y justas, reviven graves episodios que colocan nuevamente al sistema de justicia venezolano en el centro del debate. Estas realidades no solo generan indignación, sino que obligan a repensar cómo será posible materializar la reconstrucción institucional y la reconciliación nacional. La vara para la justicia está sumamente alta.

La abogada Bárbara Gabriela César Siero, exmagistrada de la Sala Político-Administrativa del TSJ (SPA), denunció-confesó públicamente el 6 de octubre de 2026, a través de diversas redes sociales[1] y entrevistas, que en diciembre de 2023 suscribió y dictó decisiones sobre inhabilitaciones políticas bajo coacción y sin sustento legal. Estas acciones ocurrieron durante el proceso de revisión acordado en la ejecución del “Acuerdo de Barbados” e incluyeron la confirmación de la inhabilitación de la líder opositora María Corina Machado, quien ese mismo año había ganado las elecciones primarias de la oposición con una abrumadora mayoría.

La denunciante describió que dos de sus hermanos y una cuñada, todos oficiales del Ejército, fueron detenidos por la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM) y vinculados posteriormente a la llamada “Operación Brazalete Blanco”. Sostiene que durante días desconoció su paradero y los cargos imputados, y que, temiendo por sus vidas, firmó la sentencia contra Machado y otros dirigentes. Si bien no señala explícitamente quién la obligó ni el nexo directo entre la detención y los fallos, su relato sugiere una práctica alarmante: la presidencia de la Sala remite las decisiones impresas a los demás magistrados exclusivamente para su firma, sin debate alguno, emulando el rigor obligatorio de las letras de cambio: “sin aviso y sin protesto”.

Este caso, como tantos otros, debe ser atendido por los órganos competentes. La Fiscalía del Ministerio Público debe ordenar una investigación de oficio por notitia criminis. Sin embargo, incrementando la gravedad del asunto, la propia denunciante informó que interpuso denuncias formalmente ante ese órgano y ante la Defensoría del Pueblo sin recibir atención ni respuestas sustantivas, lo que añade nuevas interrogantes y posibles responsables a la cadena de impunidad.

Ante la gravedad de los hechos descritos, surgen múltiples interrogantes: ¿es culpable la magistrada?, ¿es una víctima más?, ¿qué delitos se cometieron?, ¿se protegerá en adelante a quienes denuncien?, ¿quiénes son los culpables y quién los juzgará?, ¿cómo afecta esto al proceso de selección de nuevos magistrados?, ¿qué pasará con las fraguadas decisiones?, entre otras tantas. Estas circunstancias obligan a evaluar con urgencia la necesidad de activar mecanismos y órganos de justicia transicional.

Sobre las sentencias que confirmaron las inhabilitaciones políticas

Respecto al destino de las fraguadas decisiones, basta señalar que los fallos de la SPA dictados para convalidar las inhabilitaciones políticas de opositores siempre han estado viciados de inconstitucionalidad y, por ende, son nulos de nulidad absoluta. En el caso de María Corina Machado, se trata de la sentencia Nº 00005 (Expediente: 2023-0461) del 26 de enero de 2024, que ni siquiera se encuentra accesible en la página web del TSJ.

La Constitución venezolana y los tratados internacionales de derechos humanos proscriben este tipo de sanciones de forma taxativa. La Carta Fundamental dispone en su artículo 42 que «el ejercicio de la ciudadanía o de alguno de los derechos políticos sólo puede ser suspendido por sentencia judicial firme en los casos que determine la ley». En sintonía, el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH)[2] estipula que la restricción de los derechos políticos solo puede verificarse mediante una condena dictada por un «juez competente, en proceso penal». Por lo tanto, la Contraloría General de la República carece de legitimidad para dictar inhabilitaciones, y la SPA del TSJ no posee atribuciones para convalidarlas. Este criterio jurisprudencial fue dictado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso López Mendoza Vs. Venezuela —donde se condenó al Estado venezolano— y posteriormente reiterado en el caso Petro Urrego Vs. Colombia.

Al respecto, es pertinente aclarar una confusión habitual en el debate público: a pesar de que se suele invocar la denuncia de la CADH ejecutada por Hugo Chávez en el año 2012 como argumento de exclusión del sistema interamericano, lo cierto es que en 2019 la Asamblea Nacional venezolana ratificó con carácter retroactivo dicha Convención. En consecuencia, el tratado se encuentra plenamente vigente, tal como lo reconoció inequívocamente la propia Corte Interamericana en su sentencia del 21 de agosto de 2025 (caso Chirinos Salamanca y otros Vs. Venezuela).

En el aspecto procesal, diversos expertos señalan que un Consejo Nacional Electoral (CNE) renovado tiene la facultad de resolver la inconstitucionalidad de estas írritas inhabilitaciones por la vía administrativa y, en caso de requerir un escalamiento jurisdiccional, los conflictos serian dirimidos por las salas de un nuevo TSJ debidamente designado.

Los magistrados del horror

La denuncia de Bárbara César Siero no es un hecho aislado, viene a engrosar el expediente que evidencia la absoluta falta de autonomía del poder judicial y la connivencia de los jueces en el desmontaje de la democracia, tal como ha sido documentado por organismos internacionales y organizaciones no gubernamentales. Lamentablemente, no es la primera vez que altos magistrados del TSJ se ven envueltos en escándalos de corrupción, subordinación al Ejecutivo y arrepentimientos póstumos.

El primer gran hito de corrupción en el TSJ bajo el gobierno de Hugo Chávez fue el de Luis Velásquez Alvaray en 2006[3]. Quien no solo integraba la Sala Constitucional, sino que dirigía la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM), el órgano encargado de administrar los recursos financieros y la infraestructura judicial del país. Velásquez Alvaray fue investigado por sobreprecios millonarios en la compra del complejo inmobiliario «Ciudad Judicial Lebrún» al este de Caracas. Las auditorías de la Contraloría General revelaron que el desembolso duplicaba el avalúo real del inmueble. En mayo de 2006, la Asamblea Nacional lo removió de su cargo por unanimidad. Al defenderse, el magistrado denunció que las acusaciones provenían de una mafia enquistada en los tribunales encargada de extorsionar y manipular sentencias, a la cual bautizó como la «Banda de los Enanos». El victimario mutaba a víctima. Tras huir de Venezuela, se refugió en Costa Rica y luego en Estados Unidos, sumándose a las denuncias de manipulación judicial.

Una dinámica similar rodeó a Eladio Aponte Aponte en 2012, quien dejó al descubierto las entrañas operativas de la justicia venezolana[4]. Aponte Aponte, coronel presuntamente en situación de retiro de la Guardia Nacional, ejercía como presidente de la Sala de Casación Penal tras haber sido fiscal general militar. El escándalo estalló al revelarse sus vínculos con el capo del narcotráfico Walid Makled, a quien le había extendido credenciales oficiales de la Fiscalía Militar. Destituido por la Asamblea Nacional en marzo de 2012[5], el magistrado repitió la ruta: huyó a Costa Rica y posteriormente se sometió a la DEA en Estados Unidos como testigo protegido federal. Desde allí confesó la sumisión absoluta del TSJ a las órdenes directas de Hugo Chávez[6], admitiendo la manipulación y condena expresa a 30 años de prisión de los comisarios de la Policía Metropolitana por los sucesos de abril de 2002. Asimismo, delató la existencia del «Cartel de los Soles» e incriminó a altos ministros y militares en redes de narcotráfico internacional[7].

El patrón continuó en enero de 2019 con Christian Zerpa, magistrado de la Sala Electoral, quien desertó y huyó a Estados Unidos justo antes de la “toma de posesión” de Nicolás Maduro para su segundo mandato. Zerpa confesó que la Sala Electoral operaba como un brazo político directo del Palacio de Miraflores. Admitió haber avalado decisiones directas del Ejecutivo, incluyendo los fallos que despojaron de facultades a la Asamblea Nacional electa en 2015[8]. El caso de Zerpa fue menos ventilado públicamente debido a la convulsión política del interinato de Juan Guaidó en esas mismas semanas; sin embargo, resalta que él fue uno de los «magistrados exprés» designados inconstitucionalmente en diciembre de 2015 para ejecutar el desmantelamiento del Parlamento. De victimario a víctima, una vez más.

Aunque hasta la fecha no ha recurrido a la delación exculpatoria, resalta el caso de Maikel Moreno, presidente del TSJ entre 2017 y 2022. Moreno, cuestionado por sus antecedentes policiales y detenciones por casos de homicidio en los años 80, enfrenta una acusación penal federal y orden de captura internacional por parte del gobierno de los Estados Unidos. La Fiscalía norteamericana sostiene que Moreno recibió decenas de millones de dólares en sobornos a cambio de alterar fallos, liberar banqueros y desestimar tramas de corrupción en PDVSA, fondos con los que presuntamente financió un ostentoso estilo de vida en Miami[9].

Delación, perdón y reconciliación

Las declaraciones de la exmagistrada César Siero han producido reacciones contrapuestas: desde la profunda frustración ciudadana ante un aparato injusto al que sirvió por años[10], hasta la empatía de quienes han padecido el encarcelamiento arbitrario y la persecución. Por su parte, expertos en política criminal y defensores de derechos humanos alientan a que estos partícipes sigan denunciando para procesar a las cadenas de mando superiores, utilizando las herramientas que ofrece nuestro ordenamiento jurídico.

En la legislación venezolana, esta figura se canaliza a través del Principio de Oportunidad, contemplado en el artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP)[11] dentro de las Alternativas a la Prosecución del Proceso. Este supuesto especial faculta al Ministerio Público a solicitar autorización judicial para prescindir total o parcialmente de la acción penal, o disminuir la pena hasta la mitad, en beneficio de un imputado que colabore eficazmente en el esclarecimiento del delito y la delación de los cabecillas de la organización delictiva.

Transitar pacíficamente hacia la democracia exige comprender que la reconstrucción y la reconciliación nacional solo serán posibles mediante la determinación de la verdad histórica y el establecimiento de garantías de no repetición. El reto más complejo será definir institucionalmente cómo satisfacer las demandas de justicia de la sociedad.

¿Cómo afecta esto al proceso de selección de nuevos magistrados?

En lo inmediato, estas graves delaciones deben operar como una lección histórica sobre los errores que no pueden repetirse en la escogencia del nuevo TSJ. Organizaciones como Acceso a la Justicia y Conciencia es Dignidad, junto a los profesores universitarios Carmen Alguindigue, Vicente González de la Vega y Ramón Alfredo Aguilar, han presentado propuestas rigurosas orientadas a la formulación de baremos objetivos, auditoría de credenciales y constatación de la honorabilidad de los aspirantes.

Lo que está en juego trasciende la simple sustitución de nombres, se trata de restablecer el diseño constitucional que ordena al Poder Judicial limitar y controlar el ejercicio del poder. Retomar el hilo constitucional supone restituir al Estado de derecho su capacidad para ordenar, limitar y controlar el ejercicio del poder, y exige que las instituciones recuperen las funciones para las cuales fueron constitucionalmente concebidas.

Al realizar una revisión elemental en motores de búsqueda por internet sobre la trayectoria previa de los exmagistrados mencionados, las falencias saltan a la vista:

  • Maikel Moreno: Además de su remoción previa en 2007 por la propia Sala Constitucional debido a un «error inexcusable» al liberar a personas imputadas por homicidio, sus credenciales oficiales en la web del TSJ carecen de publicaciones académicas o méritos jurídicos comprobables, situando su perfil en el ámbito policial y diplomático, lo que descartaba de origen su desvinculación política, honorabilidad e idoneidad.
  • Christian Zerpa: Su designación exprés en 2015 fue cuestionada e impugnada por carecer de las credenciales científicas exigidas y por su evidente filiación política, dado que pasó directamente de ser diputado del PSUV por el estado Trujillo a la magistratura electoral, contraviniendo el requisito constitucional de independencia política.
  • Eladio Aponte Aponte: Su perfil respondía netamente a una formación militar castrense y de subordinación al Ejecutivo, sin alcanzar de forma verificable los 15 años de ejercicio profesional exclusivo de la abogacía o la docencia en el escalafón universitario exigidos por la norma fundamental.
  • Luis Velásquez Alvaray: Al igual que Zerpa, saltó directamente de su curul como diputado oficialista por el estado Mérida (2000-2004) a la Sala Constitucional, incumpliendo flagrantemente los tiempos de ejercicio profesional y la prohibición de militancia política partidista.

Bárbara Gabriela César Siero: Su hoja de vida previa no registra publicaciones indexadas ni credenciales de alta competencia dogmática. De forma incoherente, transitó de la judicatura penal a la Sala Político-Administrativa, acumulando títulos de postgrado posteriores a su designación en instituciones estrechamente vinculadas al sector militar y al partido de gobierno, evidenciando la proliferación de ofertas académicas complacientes.

Estos antecedentes constituyen un severo recordatorio para que el Comité de Postulaciones Judiciales y el novel Consejo de Revisión de Credenciales asuman la responsabilidad constitucional establecida en el artículo 263 de la Carta Magna, constatando y dando fe de que se seleccionen estrictamente a ciudadanos de «reconocida honorabilidad» y «juristas de reconocida competencia». Asimismo, es un llamado urgente a la sociedad civil para que participe activamente en las fases de postulación e impugnación de aspirantes. La reconstrucción institucional del Estado de Derecho nos concierne a todos.

[1] https://www.youtube.com/watch?v=O4rI-Qx0rvk

[2] Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), adoptada en San José, Costa Rica, el 22 de noviembre de 1969, artículo 23.2. Véase en: https://www.oas.org/dil/esp/tratados_b-32_convencion_americana_sobre_derechos_humanos.htm

[3] «Suspendido por presunta corrupción un juez del Supremo de Venezuela», El País, 25 de mayo de 2006. Véase en: Suspendido por presunta corrupción un juez del Supremo de Venezuela | Internacional | EL PAÍS

[4] «Un polémico ex juez acusó a Chávez de manipular a la Justicia», Clarín, 20 de abril de 2026. Véase en: https://www.clarin.com/mundo/polemico-acuso-chavez-manipular-justicia_0_S11eRlH3wQg.html

 

[5] «Exmagistrado venezolano destituido acusa a gobierno de manipulación judicial». BBC, 19 de abril de 2012. Véase en: https://www.bbc.com/mundo/ultimas_noticias/2012/04/120418_ultnot_eladio_aponte_venezuela_bd

[6] «Exmagistrado venezolano afirma que condenó a 30 años de cárcel a oficiales por orden de Chávez», NTN24. Véase en: https://www.youtube.com/watch?v=nMzng989tLg&t=2s

[7] «Las malas compañías de un exjuez venezolano», El País, 25 de abril de 2012. Véase en: https://elpais.com/internacional/2012/04/25/actualidad/1335367483_145659.html  

[8] «Christian Zerpa, un magistrado de la Sala Electoral del TSJ que anuló derechos políticos», Acceso a la Justicia, 29 de enero de 2019. Véase en: https://accesoalajusticia.org/christian-zerpa-un-magistrado-de-la-sala-electoral-del-tsj-que-anulo-derechos-politicos/

[9] «Escándalos y denuncias marcan a los magistrados del TSJ de Maduro sancionados por EEUU», CCD, 12 de julio del 2017. Véase en: https://www.cuentasclarasdigital.org/2017/07/escandalos-y-denuncias-marcan-a-los-magistrados-del-tsj-de-maduro-sancionados-por-eeuu/

 

[10] «” No es una víctima, es un ejecutor”: La dura carta de Rosmit Mantilla a la exmagistrada Bárbara César Siero», Miguel Pontigo, 07 de octubre de 2026. Véase en: https://miguelcontigo.com/la-dura-carta-de-rosmit-mantilla-a-la-exmagistrada-barbara-cesar-siero/

[11] Código Orgánico Procesal Penal (COPP), conforme a la Ley Orgánica de Reforma del Código Orgánico Procesal Penal, publicada en la Gaceta Oficial n.º 6.644 Extraordinario, de fecha 17 de septiembre de 2021. Véase en: https://www.alc.com.ve/wp-content/uploads/2021/09/COPP-2021.pdf

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