Las tres afirmaciones de Arreaza sobre la amnistía y lo que cada una revela

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Un día después de que la presidenta encargada de Venezuela, Delcy Rodríguez, anunciara el “fin” de la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, el diputado Jorge Arreaza, presidente de la comisión especial para el seguimiento de esta normativa, publicó en su cuenta X tres afirmaciones que contradicen el cese de la amnistía anunciado por el gobierno interino.

Tales aseveraciones revelan que lo que el ejecutivo presentó como un cierre de ciclo político ha sido desmontado por la realidad jurídica y sus propios funcionarios. Arreaza reconoce una obviedad constitucional: la ley sigue vigente. Sin embargo, esta rectificación pública no solo evidencia una fractura en la narrativa oficial, sino que deja al descubierto una gestión de libertades que, lejos de ser masiva, mantiene a cientos de presos políticos en el olvido y a miles de solicitantes en un limbo jurídico marcado por la incertidumbre.

1. “La ley no pierde vigencia”

Arreaza tiene razón. Y precisamente por eso, el anuncio de la presidenta encargada el día anterior fue inconstitucional.[1] Si la ley no pierde vigencia —como reconoce el propio presidente de la Comisión que la supervisa— entonces la declaración de que había “llegado a su fin” no tiene efecto jurídico, como advirtieron varias ONG’s de manera inmediata. No obstante, el anunció inicial generó un daño real e inmediato: la incertidumbre sobre cientos de solicitudes en curso, las apelaciones pendientes y los venezolanos en el exterior que aún no han podido formalizar sus peticiones.

Que un funcionario del mismo gobierno deba salir a corregir por redes sociales lo dicho por la presidenta interina es una confesión de la contradicción que habita dentro de quienes detentan el poder. La ley sigue vigente porque ninguna ley posterior la ha derogado y la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia no la ha anulado. Eso no es un mérito del diputado: es, simplemente, lo que establecen los artículos 136, 137, 202 y 218 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV). El Poder Ejecutivo está impedido de privar de vigencia a cualquier ley de la República.

2. “La ley ha beneficiado a prácticamente todo el universo de personas que podía amparar”

Esta afirmación merece ser confrontada con los propios datos que Arreaza publicó el 22 de abril. De 12.187 solicitudes válidas recibidas —sin contar las que no superaron el filtro de validación de la propia Comisión y por tanto nunca llegaron a ningún tribunal— solo 314 personas se encontraban efectivamente excarceladas. El resto de los 8.616[2] anunciados como “libertades plenas” ya estaba sometido a medidas cautelares antes de la entrada en vigencia de la ley: prohibición de salida del país, presentación periódica ante tribunales, arrestos domiciliarios entre otras. 

Hablar de haber cubierto “prácticamente todo el universo” es una imprecisión que pesa sobre quienes viven ese universo desde adentro. El Foro Penal señaló que menos del 25% de las excarcelaciones producidas este año en Venezuela se debieron a la Ley de Amnistía, cifra que contradice la narrativa de cobertura amplia e innegable y contrasta con los 473 presos políticos que las organizaciones de derechos humanos reportan aún encarcelados.[3] Ese es parte del universo que la ley no alcanzó, y que el tuit prefiere no contabilizar.

Detrás de cada una de esas solicitudes hay personas que se consideran víctimas de persecución, de encarcelamiento arbitrario, de torturas o de procesos conducidos al margen de toda garantía, con todo el daño que eso genera sobre su entorno familiar, su patrimonio y su salud, en fin, sobre su dignidad. Cada solicitud arrastra víctimas colaterales que ningún balance oficial incluye, por el contrario, revictimiza. De igual forma, es importante no pasar por alto una cifra negra que el balance omite: quienes, por desconfianza o temor fundado, no se han acercado a efectuar las solicitudes e incluso no han aceptado aparecer en listados de las organizaciones de la sociedad civil. Nadie acude a la justicia penal venezolana sin necesidad; hacerlo implica exponerse al mismo aparato que los persiguió. No haberse atrevido a presentar la solicitud no los priva de su condición de amnistiables.

A todo ello se suma que quienes sí obtuvieron la amnistía no recuperaron plenamente sus derechos. Sobre muchos de ellos persisten medidas cautelares innominadas cuyo contenido y duración no se conocen públicamente, confiscaciones de hecho sobre bienes muebles e inmuebles que el Estado no ha devuelto ni reconocido, sumado a   un silencio absoluto sobre la reparación de los daños causados. Ningún balance oficial da cuenta de investigaciones abiertas ni de sanciones impuestas contra quienes perpetraron las violaciones de derechos humanos que la propia ley admitió implícitamente al conceder la amnistía. La reconciliación que el gobierno proclama como logro tiene, en la práctica, demasiados campos vacíos: personas formalmente libres que viven bajo restricciones no escritas, patrimonios intervenidos sin proceso y responsables sin responsabilidades.

Las víctimas primarias y colaterales, la cifra invisible, los daños, la verdad, la justicia quedaron definitivamente ignoradas cuando la presidenta interina declaró cesada la ley como quien baja el telón al final de una obra: con aplausos para el elenco y sin preguntas para el público. En fin, una demostración más de que el simbolismo del poder sigue pesando más que los ciudadanos y la Constitución.

3. “La presidenta abre vías alternas para revisar casos no amparados por la ley”

El problema aquí no es la intención declarada sino la ausencia de cualquier sustento jurídico conocido. Ni el Programa de Convivencia Democrática y Paz ni la Comisión para la Reforma de la Justicia Penal cuentan, ni puede contar, con esas atribuciones. La pregunta que Arreaza omite responder es la misma que el anuncio de la presidenta encargada dejó abierta: ¿en calidad de qué estudiará una comisión ejecutiva casos en materia penal que corresponden al ámbito judicial?

Si esas “vías alternas” implican orientar a los jueces sobre cómo resolver expedientes concretos, se estaría institucionalizando una vez más, una forma de violación al principio de independencia judicial.

Indudablemente, esta tercera afirmación de Arreaza expone una fragilidad jurídica muy grave: la materia penal está regida por el principio de legalidad —nullum crimen, nulla poena sine lege— y es, de orden público. El Programa de Convivencia Democrática y Paz y la Comisión para la Reforma de la Justicia Penal carecen de competencia para resolver casos penales individuales: esa atribución corresponde exclusivamente a los tribunales, y ninguna decisión ejecutiva puede arrogársela sin violar el ordenamiento jurídico que el propio Arreaza acaba de reivindicar.

En definitiva, los tuits de Arreaza resuelven una contradicción del Ejecutivo creando otra: si la ley no pierde vigencia, ¿el anuncio del día anterior fue un error o una amenaza política sin consecuencias jurídicas? En cualquiera de los dos casos, al reivindicar la vigencia de la Constitución, Arreaza confirmó sin proponérselo que la presidenta encargada la ignoró. Los amnistiables siguen siéndolo y constituyen la prueba de que el trabajo está incompleto, que la ley sigue llamando a ser aplicada e interpretada en beneficio de las víctimas de manera perentoria.  

Arreaza también, de forma irónica, reprochó a quiénes criticaron la ley y luego reclamaron su derogatoria; a lo que sencillamente puede responderse que, lo que se quería con las críticas era la ampliación y mejoramiento del texto legal, no su derogatoria fáctica.  

Al final del día, el derecho no se extingue por un discurso ni por un post en redes sociales. La vigencia de la Ley de Amnistía, reconocida involuntariamente por el propio Arreaza al intentar corregir Delcy Rodríguez, es la prueba de que la deuda con la justicia sigue abierta. Cerrar este proceso por conveniencia política, ignorando a los cientos de presos políticos que aún esperan su boleta de excarcelación, no es un acto de soberanía, sino una renuncia al Estado de Derecho. Mientras existan perseguidos, la ley seguirá llamando a las puertas de los tribunales, recordándole al poder que la reconciliación no se decreta: se construye con verdad y cumplimiento estricto de la Constitución.

[1] Jorge Arreaza: Ley de Amnistía se mantiene vigente (24 de abril de 2026). Agencia Venezolana de Noticias. Disponible en: https://avn.info.ve/jorge-arreaza-ley-de-amnistia-se-mantiene-vigente/

[2] Arreaza asegura que 8.616 personas han sido amnistiadas, mientras oenegé pide la lista. Tal Cual (22 de abril de 2026). Disponible en: https://talcualdigital.com/arreaza-asegura-que-8-616-personas-han-sido-amnistiadas-mientras-oenege-pide-la-lista/

[3] Pese a la Ley de Amnistía, Foro Penal cifró en 473 los presos políticos en Venezuela a la espera de su libertad (22 de abril de 2026). Disponible en: https://www.infobae.com/venezuela/2026/04/22/pese-a-la-ley-de-amnistia-foro-penal-cifro-en-473-los-presos-politicos-en-venezuela-a-la-espera-de-su-libertad/

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